Ir a contenido de la página
Archivo de notas de prensa
| 2 min lectura

Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid del 4 de mayo de 2021

• La solicitud puede realizarse hasta el día 24 de abril de forma telemática en la web de Correos, www.correos.es, o presencialmente en cualquier oficina postal • Desde el inicio de la pandemia Correos ha ido aplicando protocolos de seguridad para garantizar la salud de los ciudadanos y los empleados de la compañía, siguiendo siempre las indicaciones de las autoridades sanitarias

Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid que se celebrarán el martes, 4 de mayo de 2021, de acuerdo con la convocatoria publicada el pasado 11 de marzo.

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 24 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad de Madrid. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud de voto por correo telemática

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Correos entregará las solicitudes recibidas en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Madrid, quien enviará a los solicitantes, entre el 14 y el 27 de abril, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Correos trabaja para cumplir con sus obligaciones legales en los procesos electores adaptándose, en esta ocasión, a las especiales circunstancias que concurren en las elecciones del 4 de mayo, ofreciendo a los electores todas las garantías sanitarias en los diferentes trámites que los ciudadanos tienen que llevar a cabo. Desde el inicio de la pandemia Correos ha aplicado protocolos de seguridad para garantizar la salud de los ciudadanos y los empleados de la compañía, siguiendo siempre las indicaciones de las autoridades sanitarias.