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CORREOS amplía el horario de sus 2.400 oficinas para gestionar el voto por correo hasta el jueves, 25 de abril

Madrid,  23 de abril de 2019.-  Según el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central, el plazo para el depósito del voto por correspondencia para las Elecciones a Cortes Generales y Valencianas del 28 de abril se amplía hasta el jueves, día 25 de abril.
CORREOS ha decidido ampliar el horario de atención al público en sus 2.400 oficinas de toda España para agilizar al máximo la gestión del voto por correo.  Por ello, todas las oficinas postales abrirán media hora antes y cerrarán media hora después de su horario habitual, desde hoy y hasta el jueves, 25 de abril, inclusive, y atenderán a todos los ciudadanos que estén en las oficinas para gestionar el voto por correspondencia.
Todas las oficinas postales tienen sus puestos de atención a los ciudadanos cubiertos al 100% y se han creado 500 puntos adicionales de admisión, mediante la distribución de 500 PDAs en las oficinas con las que los trabajadores de CORREOS también están gestionando el voto por correspondencia.
El plazo de depósito del voto por correo finalizaba inicialmente mañana, día 24 de abril, pero con la decisión de ampliación adoptada, los ciudadanos que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correspondencia para las Elecciones a Cortes Generales y Valencianas que se celebrarán el 28 de abril, dispondrán de 24 horas más para depositar en cualquiera de las oficinas postales, con carácter certificado y urgente, el sobre con su voto, ahora con el horario ampliado.
CORREOS deberá asegurar la remisión en tiempo hábil de dichos votos a las Mesas electorales en la jornada electoral del domingo, 28 de abril.
Entrega en mano
CORREOS ha puesto todos sus recursos logísticos, tecnológicos y humanos a disposición del proceso, para entregar a los ciudadanos los envíos con la documentación electoral, que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral han facilitado desde el 8 de abril hasta el domingo, día 21 de abril, según el calendario establecido.
Los carteros tienen obligación de hacer dos intentos de entrega en mano al solicitante de la documentación electoral. Si no lo consiguen, dejan aviso en el buzón para que el interesado vaya a recogerla a su oficina postal, por lo que CORREOS recuerda a todos los solicitantes que estén pendientes de recibir la documentación que comprueben sus buzones por si ya han recibido el aviso correspondiente.
Una vez recogida la documentación, es posible depositar el voto por correo en cualquier oficina postal y en el momento, como certificado y urgente y de forma gratuita, hasta el jueves, 25 de abril, según el acuerdo de la Junta Electoral Central.
Todos los recursos de CORREOS, a disposición del proceso electoral
CORREOS ha realizado 4.500 contratos de refuerzo en España para la gestión de todas las actividades relacionadas con los procesos electorales.
Además, para agilizar la atención a los ciudadanos, se han adoptado medidas especiales en las oficinas en las que se prevé una mayor concentración del voto por correo. En ellas, se han habilitado ventanillas exclusivas para la gestión del voto; se han designado “embajadores postales”, es decir, empleados que asesoran personalmente a los ciudadanos sobre cómo realizar los trámites y, en general, se han implementado todas las medidas organizativas precisas para atender el importante incremento de actividad asociado al proceso electoral.
A estas medidas se une ahora la ampliación del horario de apertura y cierre de las oficinas para extender al máximo el periodo de atención a los ciudadanos, hasta el 25 de abril.
CORREOS ha admitido  1.346.476 solicitudes de voto por correo hasta el día 18 de abril, Jueves Santo, día en que a pesar de ser festivo en la mayoría de comunidades autónomas, las oficinas postales también abrieron en toda España por ser el último día del plazo de solicitud de voto.
Estas cifras confirman que CORREOS está adoptando todas las medidas organizativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que le son encomendadas en los procesos electorales, por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal.

CORREOS ha gestionado más de 1.300.000 solicitudes de voto por correo para las Elecciones a Cortes Generales y Valencianas del 28 de abril

Madrid, 18 de abril de 2019.- CORREOS ya ha admitido 1.310.706 solicitudes de ciudadanos que desean ejercer por correo su derecho al voto en las Elecciones a Cortes Generales y Valencianas que se celebrarán el domingo 28 de abril de 2019.
Hoy, 18 de abril, último día en el que se puede solicitar el voto por correo, todas las oficinas de CORREOS permanecen abiertas en su horario habitual, aunque sea festivo en la mayoría de comunidades autónomas de España, para realizar las gestiones relacionadas con el voto por correspondencia. Por ello, a la cifra mencionada se sumarán las solicitudes que se admitan a lo largo del día de hoy.
De todas las peticiones recibidas, CORREOS ya había entregado, hasta el día de ayer, 1.230.016 solicitudes en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral (ver tabla adjunta).
Las Comunidades Autónomas en cuyas Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral CORREOS ha entregado mayor número de solicitudes de voto por correo han sido Andalucía, con 214.328 peticiones gestionadas; Madrid, con 194.129 y Comunidad Valenciana, con 175.466 solicitudes.
A su vez, las provincias en las que el número de solicitudes de voto por correo registradas supone un mayor porcentaje sobre su censo electoral son Álava (un 13,17%), Jaén (un 7,37%) y Valencia (un 6,31%).
Entrega en mano
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el censo, remiten los envíos con la documentación electoral a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente.
CORREOS distribuye dicha documentación y se responsabiliza de realizar al menos dos intentos de entrega en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar la entrega en persona.
El solicitante tiene de plazo hasta el miércoles, 24 de abril, para depositar el sobre con su voto en cualquiera de los cerca de 8.600 puntos de admisión con que cuenta CORREOS en toda España. Se da la circunstancia de que los días 22 y 23 de abril son festivos en varias Comunidades Autónomas por lo que se recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales (se pueden consultar ubicación y horarios en www.correos.es).
Hasta el día de ayer, CORREOS ya ha puesto a disposición de los electores 813.127 documentaciones electorales y ya se han admitido 450.000 votos por correo.
Todos los recursos de CORREOS,  a disposición del proceso electoral
CORREOS está poniendo todos los recursos organizativos, tecnológicos, materiales y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que le son encomendadas en los procesos electorales, por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Unviersal.
CORREOS ha realizado 4.500 contratos de refuerzo en España para la gestión de todas las actividades relacionadas con los procesos electorales.
Para gestionar con la mayor agilidad la atención a los ciudadanos, se han adoptado medidas especiales en las oficinas en las que se prevé una mayor concentración del voto por correo. En ellas, se han habilitado ventanillas exclusivas para agilizar la gestión del voto; se han designado “embajadores postales”, es decir, empleados que asesoran personalmente a los ciudadanos sobre cómo realizar los trámites y, en general, se han implementado todas las medidas organizativas precisas para atender el importante incremento de actividad asociado al proceso electoral.
Tarjetas censales y propaganda electora
La colaboración de CORREOS en las Elecciones se extiende también al reparto de las tarjetas de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales, envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, recogida de documentación el día de las elecciones, etc.
La Sociedad Estatal está distribuyendo las 34.800.000 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el próximo día 28 de abril, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.
Además, desde el 12 hasta el 26 de abril –fechas de la campaña electoral- CORREOS repartirá los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios.
(Descargar documento adjunto para ver la tabla con las solicitudes de voto por correo entregadas en cada Delegación Provincial del Censo Electoral.)

Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones del 26 de mayo

Madrid, 2 de abril de 2019.- Ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones del 26 de mayo (al Parlamento Europeo, Locales, diversas Autonomías y otros Procesos Electorales), que se celebrarán el domingo 26 de mayo de 2019.
Los ciudadanos que quieran votar por correo en los citados procesos electorales pueden solicitar hasta el día 16 de mayo (inclusive), en cualquier oficina de CORREOS de España, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad que impida la formulación personal de la misma -acreditada mediante certificación médica oficial-, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En este sentido, conviene destacar que todas las personas con discapacidad, y que sean mayores de 18 años, tiene derecho a votar personalmente, tras la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal alguno de los siguientes documentos originales: DNI, Pasaporte, Carnet de Conducir, Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean), o Tarjeta de identidad de extranjero (en el caso de nacionales de países con los que España haya suscrito un tratado de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio en las elecciones Locales).
CORREOS entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.