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Correos ya ha admitido más de 571.000 votos por correo para las Elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio

Madrid, 7 de junio de 2024.- Hasta las 12 de la noche de ayer, Correos ya ha admitido más de 571.000 votos por correo de ciudadanos y ciudadanas que han elegido ejercer por este sistema su derecho al voto en las Elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán en España el próximo domingo, 9 de junio.

En concreto, se han recibido 571.018 votos por correo. A esta cifra se sumarán los votos que se admitan hoy en la red de Correos, como máximo hasta las 14 horas, plazo límite establecido por el acuerdo de la Junta Electoral Central para el depósito del voto por correo para las elecciones europeas.

Estas cifras provisionales suponen ya un 102,36% más que el número total de votos por correo admitidos en las Elecciones al Parlamento Europeo celebradas el 25 de mayo de 2014 (282.172), último proceso con el que se puede realizar una comparativa homologable porque fue el último año en el que las elecciones europeas se convocaron de forma separada, sin coindidir con otros procesos electorales.

Las comunidades autónomas que han recibido más votos por correo para las elecciones europeas son la Comunidad de Madrid, con 110.892 votos; Andalucía, con 81.866, y Cataluña, con 71.863.

Correos recuerda que se han presentado 632.115 solicitudes de voto por correo para las elecciones europeas. Correos ha puesto a disposición de los solicitantes el 100% de las documentaciones electorales, bien mediante su entrega en mano en el domicilio o mediante su aviso para ser recogidas en las oficinas de Correos.

Con los datos actuales, los votos por correo emitidos representan el 90,33% de las solicitudes presentadas, una ratio de conversión que se sitúa en el rango habitual de anteriores comicios europeos (91,76% en mayo de 2014).

(Ver tabla final con desglose provincial de votos por correo admitidos por provincia de destino.)

 Todos los recursos de Correos al servicio del proceso electoral

Correos ha puesto todos los recursos organizativos, tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de servicio público que le son encomendadas en los procesos electorales.

Además, Correos ha aplicado otras medidas como la apertura extraordinaria de 283 oficinas el 30 de mayo, festivo autonómico en Canarias y Castilla-La Mancha y festivo local en numerosas localidades de otras comunidades autónomas. También se están abriendo de forma extraordinaria hoy, último día de admisión del voto, las oficinas de localidades que están celebrando su festivo local, para facilitar al máximo a la ciudadanía el ejercicio de su derecho al voto.

Correos está realizando el máximo esfuerzo para coordinar la red logística postal y desplegar todos los medios necesarios para conseguir que los votos admitidos en cualquiera de sus puntos de atención al público en toda España hasta las 14:00 horas de hoy, sean entregados el próximo domingo en la mesa electoral correspondiente.

Despliegue logístico especial para la jornada electoral del 9 de junio

Para la jornada electoral del 9 de junio, Correos tiene encomendada la misión de entregar los votos cursados por correo en las mesas electorales.

Para ello, Correos establecerá un despliegue logístico especial, integrado por más de 14.000 profesionales, entre personal de reparto, oficinas y centros de tratamiento, y movilizará todos los vehículos de su flota que sean necesarios para el correcto desarrollo de su misión.

Cuando se abran los locales electorales, un primer equipo de personal de la empresa postal pública entregará los votos en custodia en las 58.556 mesas electorales distribuidas en los 22.576 locales electorales de los 8.132 municipios de España.

Otro grupo de empleados y empleadas hará llegar a las mesas electorales aquellos votos por correo que pudieran recibirse durante el transcurso de la jornada. Por último, otro equipo recogerá el denominado “tercer sobre”, con la copia del resultado del escrutinio de las mesas electorales de todos y cada uno de los colegios electorales del país.

Tarjetas censales y propaganda electoral

Además de las gestiones relacionadas directamente con el voto por correo, la colaboración de Correos en las Elecciones al Parlamento Europeo se extiende también al reparto de las tarjetas censales y los envíos de propaganda electoral, además de, en algunos casos, las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales de los Ayuntamientos con los que hay acuerdo, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, la recogida de documentación el día de las elecciones, etc.

La Sociedad Estatal ya ha distribuido las 35.664.663 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 9 de junio, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos está repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.

 

 

 

 

 

 

Votos por correo admitidos por provincia de destino
ANDALUCÍA Almería 6.713
Cádiz 8.283
Córdoba 8.022
Granada 10.607
Huelva 4.370
Jaén 9.550
Málaga 13.922
Sevilla 20.399
TOTAL 81.866
ARAGÓN Huesca 3.952
Teruel 2.175
Zaragoza 13.827
TOTAL 19.954
CANARIAS Las Palmas 10.717
Tenerife 9.374
TOTAL 20.091
CASTILLA Y LEÓN Ávila 2.520
Burgos 7.472
León 7.369
Palencia 3.160
Salamanca 6.043
Segovia 2.175
Soria 1.746
Valladolid 8.899
Zamora 2.675
TOTAL 42.059
CASTILLA-LA MANCHA Albacete 3.834
Ciudad Real 5.058
Cuenca 2.410
Guadalajara 3.190
Toledo 5.712
TOTAL 20.204
CATALUÑA Barcelona 54.911
Girona 5.927
Lleida 5.040
Tarragona 5.985
TOTAL 71.863
EXTREMADURA Badajoz 7.704
Cáceres 5.397
TOTAL 13.101
GALICIA A Coruña 13.349
Lugo 4.627
Ourense 4.371
Pontevedra 11.181
TOTAL 33.528
PAÍS VASCO Álava 6.272
Guipúzcoa 12.812
Vizcaya 26.382
TOTAL 45.466
COMUNIDAD Alicante 11.676
VALENCIANA Castellón 4.681
Valencia 24.645
TOTAL 41.002
ASTURIAS 15.472
ILLES BALEARS 10.116
CANTABRIA 7.321
LA RIOJA 14.082
MADRID 110.892
MURCIA 12.365
NAVARRA 9.570
CEUTA 1.024
MELILLA 1.042
TOTAL NACIONAL 571.018

Correos ha admitido más de 632.000 solicitudes de voto por correo para las Elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio

Madrid, 31 de mayo de 2024.- Correos ha admitido más de 632.000  solicitudes de voto por correo de ciudadanos y ciudadanas que desean ejercer por este sistema su derecho al voto en las Elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán en España el 9 de junio.

Además, la Junta Electoral Central ha acordado ampliar el plazo de depósito del voto por correo hasta el viernes, 7 de junio, en el horario habitual de apertura de las oficinas de Correos y, como máximo, hasta las 14 horas.

En concreto, se han recibido 632.115 solicitudes de voto por correo, de las cuales, 439.904  se han presentado de forma presencial en la red de oficinas postales y 192.211 de forma telemática a través de la web de Correos, mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministrio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Estas cifras suponen un 105,6% más respecto al número total de solicitudes admitidas en las Elecciones al Parlamento Europeo celebradas el 25 de mayo de 2014 (307.509), último proceso con el que se puede realizar una comparativa homologable porque fue el último año en el que las elecciones europeas se convocaron de forma separada sin coindidir con otros procesos electorales.

(Ver tabla final con desglose provincial de solicitudes presenciales y telemáticas.)

Entrega de la documentación electoral

Tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el Censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remiten los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. Correos está poniendo estos envíos a disposición de los ciudadanos a medida que los va recibiendo.

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano. Para realizar la entrega, el personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte, Permiso de Conducir o Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean) y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.

En caso de que el elector no haya recibido su documentación electoral y vaya a cambiar de dirección puede localizar el número de registro de su envío en la página web del Censo Electoral y solicitar la reexpedición de la documentación en cualquier oficina de Correos a otra dirección o a otra oficina postal, con plazo suficiente para que Correos se lo pueda hacer llegar al nuevo destino.

Ese número de registro también permite al elector comprobar la situación del envío en el localizador de la web de Correos www.correos.es.

Depósito del voto: hasta el 7 de junio, a las 14:00 horas como máximo

El solicitante tiene de plazo hasta el viernes, 7 de junio, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual y, como máximo, a las 14:00 horas, según el acuerdo de ampliación de plazo acordado por la Junta Electoral Central.

De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central,  en este proceso electoral se exige la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Autorización para delegar el depósito del voto

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente.

Se   recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.

Tarjetas censales y propaganda electoral

Además de las gestiones relacionadas directamente con el voto por correo, la colaboración de Correos en las Elecciones al Parlamento Europeo se extiende también al reparto de las tarjetas censales y los envíos de propaganda electoral, además de, en algunos casos, las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales de los Ayuntamientos con los que hay acuerdo, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, la recogida de documentación el día de las elecciones, etc.

La Sociedad Estatal ya ha distribuido las 35.664.663 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 9 de junio, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos está repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.

 Correos está adoptando desde la convocatoria de las Elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio, todas las medidas organizativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que tiene encomendadas durante los procesos electorales. La Sociedad Estatal continuará poniendo todos sus recursos tecnológicos, logísticos y humanos al servicio del correcto desarrollo del proceso.

 

 

 

Solicitudes presenciales dirigidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral Solicitudes web dirigidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral  

 

 

Total

   
ANDALUCÍA Almería 4.508 2.926 7.434
Cádiz 5.169 3.936 9.105
Córdoba 4.890 4.099 8.989
Granada 6.811 4.920 11.731
Huelva 2.717 2.124 4.841
Jaén 6.423 4.031 10.454
Málaga 9.039 6.474 15.513
Sevilla 11.732 10.960 22.692
TOTAL 51.289 39.470 90.759
ARAGÓN Huesca 3.279 991 4.270
Teruel 1.827 515 2.342
Zaragoza 11.244 3.409 14.653
TOTAL 16.350 4.915 21.265
CANARIAS Las Palmas 7.232 4.986 12.218
Tenerife 6.699 4.256 10.955
TOTAL 13.931 9.242 23.173
CASTILLA Y LEÓN Ávila 1.985 701 2.686
Burgos 6.199 1.967 8.166
León 5.851 2.159 8.010
Palencia 2.638 727 3.365
Salamanca 4.687 1.841 6.528
Segovia 1.648 700 2.348
Soria 1.366 490 1.856
Valladolid 7.066 2.665 9.731
Zamora 2.274 716 2.990
TOTAL 33.714 11.966 45.680
CASTILLA-LA MANCHA Albacete 2.952 1.338 4.290
Ciudad Real 4.090 1.522 5.612
Cuenca 2.013 668 2.681
Guadalajara 2.687 817 3.504
Toledo 4.743 1.610 6.353
TOTAL 16.485 5.955 22.440
CATALUÑA Barcelona 45.793 16.684 62.477
Girona 4.735 1.962 6.697
Lleida 4.221 1.442 5.663
Tarragona 5.056 1.926 6.982
TOTAL 59.805 22.014 81.819
EXTREMADURA Badajoz 5.545 2.859 8.404
Cáceres 4.116 1.767 5.883
TOTAL 9.661 4.626 14.287
GALICIA A Coruña 9.651 4.957 14.608
Lugo 3.553 1.489 5.042
Ourense 3.422 1.396 4.818
Pontevedra 8.509 3.469 11.978
TOTAL 25.135 11.311 36.446
PAÍS VASCO Álava 5.874 909 6.783
Guipúzcoa 12.726 1.405 14.131
Vizcaya 25.680 3.238 28.918
TOTAL 44.280 5.552 49.832
COMUNIDAD Alicante 8.649 4.530 13.179
VALENCIANA Castellón 3.602 1.629 5.231
Valencia 17.272 9.902 27.174
TOTAL 29.523 16.061 45.584
ASTURIAS 13.326 3.345 16.671
ILLES BALEARS 7.657 3.684 11.341
CANTABRIA 6.364 1.661 8.025
LA RIOJA 10.412 5.161 15.573
MADRID 83.235 39.642 122.877
MURCIA 8.986 4.604 13.590
NAVARRA 8.401 2.077 10.478
CEUTA 656 459 1.115
MELILLA 694 466 1.160
TOTAL NACIONAL 439.904 192.211 632.115

 

La Junta Electoral Central amplía el plazo para depositar el voto por correo hasta el viernes, 7 de junio, como máximo hasta las 14 horas

Madrid, 31 de mayo de 2024.-  Según el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central, el plazo para el depósito del voto por correo para las Elecciones al Parlamento Europeo se amplía hasta el viernes, 7 de junio, en el horario habitual de apertura de las oficinas de Correos en toda España y, como máximo, hasta las 14:00 horas.

Con la decisión de ampliación adoptada  por la Junta Electoral Central, los ciudadanos y ciudadanas que soliciten ejercer su derecho al voto por correo para las Elecciones europeas, dispondrán de más tiempo para depositar su voto.

Correos deberá asegurar la entrega de todos los sobres con votos en las respectivas mesas electorales en la jornada electoral del domingo, 9 de junio, dentro de los plazos legalmente establecidos.

Así es el voto por correo en las Elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio

Madrid, 28 de mayo de 2024.-  El 9 de junio de 2024 se celebrarán en España las Elecciones al Parlamento Europeo. Correos ha adoptado todas las medidas organizativas necesarias para el correcto desarrollo de las actividades que le son encomendadas durante los procesos electorales y para la gestión del voto por correo.

Actualmente, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral ya están enviando la documentación electoral a las personas que han solicitado el voto por correo.

Solicitud de voto por correo: vía web  o en oficinas, hasta el 30 de mayo

Los electores que deseen votar por correo en las Elecciones al Parlamento Europeo todavía pueden solicitar hasta el día 30 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral, vía online o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.


Solicitud de voto por correo telemática y cómo consultarla
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).

Las personas que hayan solicitado el voto por correo de forma telemática podrán consultar el estado de su solicitud desde la web www.correos.es a través del siguiente enlace.


Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo también puede realizarse gratuitamente en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad    –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el original del DNI, pasaporte, carnet de conducir o Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean). 

Tanto en la solicitud online como en la presencial se debe indicar la dirección donde se vaya a estar en el periodo en el que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral envíen la documentación necesaria para votar y  que no tiene por qué coincidir con el domicilio habitual. 

Una vez presentada la solicitud vía web o presencial, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no se podrá votar en la mesa electoral el día de las Elecciones al Parlamento Europeo.


Entrega en mano de la documentación electoral
Tras comprobar la inscripción de los solicitantes del voto por correo en el censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remiten los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. Actualmente, estos envíos ya se están realizando.

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a la oficina más cercana en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano.

Para realizar la entrega, el personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte, Permiso de Conducir o Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean) y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.

Cómo pedir que la documentación electoral se reenvíe a otra dirección
Una vez que la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha remitido la documentación electoral a la dirección indicada por el solicitante, la Junta Electoral Central permite la reexpedición de esa documentación electoral a otras señas, siempre que medie petición expresa del elector. Por ejemplo, si una persona ha solicitado recibir la documentación electoral en una dirección y tiene que irse antes de recibirla, puede realizar este trámite en cualquier oficina informatizada de Correos, siendo obligatorio para ello que facilite el número de registro de la documentación electoral que desea reexpedir, y que puede obtener en la siguiente dirección de la OCE.

Se puede solicitar que se reenvíe la documentación a otra dirección o a otra oficina de Correos. En cualquier caso, es importante que el elector tenga en cuenta que deberá solicitar dicha reexpedición con tiempo suficiente para que Correos pueda hacerle llegar su documentación a la nueva dirección.

Depósito del voto: hasta el 6 de junio

El solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 6 de junio, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual, según el acuerdo de ampliación de plazo acordado por la Junta Electoral Central.

De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central,  en este proceso electoral se exige la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Autorización para delegar el depósito del voto
Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente.

Se   recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.

Tarjetas censales y propaganda electoral

Además de las gestiones relacionadas directamente con el voto por correo, la colaboración de Correos en las Elecciones al Parlamento Europeo se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral, además, en algunos casos, de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales de los Ayuntamientos con los que hay acuerdo, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, la recogida de documentación el día de las elecciones, etc.

Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.

Todos los recursos necesarios

Correos está poniendo todos los recursos humanos, tecnológicos y logísticos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales.

En concreto, Correos reforzará la atención a los ciudadanos en su red de 2.388 oficinas en toda España. Se podrán habilitar ventanillas exclusivas para elecciones y, si la afluencia lo requiere, se instalarán en el vestíbulo mesas adicionales específicamente destinadas a gestionar el voto por correo.

Además, la red de oficinas dispondrá de 924 PDAs  para agilizar la atención a los clientes en las oficinas con mayor afluencia de voto por correo y un empleado se encargará de la gestión de las colas, atendiendo igualmente con una PDA.

También se potenciará el uso del sistema de cita previa que ya está funcionando en 526 oficinas de toda España. Además, en las oficinas donde sea preciso, se activará una opción en el gestor de turnos para “Voto por correo”, para priorizar la atención o canalizarla hacia puestos específicos, todo ello para agilizar la atención y reducir las esperas en las oficinas durante el periodo electoral.

En este sentido, y dado que el final del plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones europeas es el día 30 de mayo, festivo autonómico en Castilla-La Mancha y en Canarias, además de festividad local en numerosos municipios de otras autonomías, Correos ha decidido abrir sus oficinas técnicas de 9:30 a 13 horas en las localidades donde sea festivo, para facilitar a toda la ciudadanía el voto por correo.

En cuanto a la red de distribución, contará con 550 PDAs adicionales, que facilitarán la entrega de la documentación electoral. Asimismo, se adaptarán las rutas de transporte para la remisión de la documentación desde los centros logísticos a todas las unidades de distribución en función de las necesidades. Y también se reforzará el servicio en todos los centros logísticos, incluyendo el ubicado en el aeropuerto “Adolfo Suárez” Madrid-Barajas, para la correcta gestión de los envíos internacionales.

Correos ha admitido cerca de 97.500 votos por correo para las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña

Madrid, 10 de mayo de 2024.-  Correos ha admitido un total de 97.452 votos por correo de ciudadanos y ciudadanas para las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña  que se celebrarán el próximo domingo, 12 de mayo, según el siguiente desglose por provincia de destino:

 

 

 

 

 

Votos por correo admitidos por provincia de destino

Cataluña Barcelona 72.274
Gerona/Girona 8.901
Lérida/Lleida 7.705
Tarragona 8.572
TOTAL 97.452

Este número de votos por correo supone un 63,8% menos que la cifra total de votos admitidos en las anteriores elecciones catalanas celebradas durante la pandemia, el 14 de febrero de 2021 (269.505), que marcó un récord en los procesos electorales autonómicos celebrados hasta entonces; y un 36,6% más que el número de votos por correo registrados en el proceso homólogo anterior, celebrado el 21 de diciembre de 2017 (71.334).

Correos recuerda que se han admitido 106.963 solicitudes de voto por correo para las elecciones catalanas. Correos ha puesto a disposición de los solicitantes el 100% de las documentaciones electorales, bien mediante su entrega en mano en el domicilio o mediante su aviso para ser recogidas en las oficinas de Correos. Los votos emitidos representan el 91,1% de las solicitudes admitidas, una ratio de conversión similar a la registrada en anteriores procesos electorales autonómicos en Cataluña (94,6% en 2021 y 87,7% en 2017).

Todos los recursos de Correos al servicio del proceso electoral

Correos ha puesto todos los recursos organizativos, tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de servicio público que le son encomendadas en los procesos electorales.

Entre las medidas organizativas adoptadas, Correos ha realizado más de 600 contratos de refuerzo, tanto para oficinas como para el reparto de envíos y las tareas necesarias en los centros logísticos, incluyendo el Centro Logístico Integral de Barcelona, el CTA de Sant Cugat y el ubicado en el aeropuerto “Adolfo Suárez” Madrid-Barajas, para la correcta gestión de los envíos internacionales.

Además, Correos ha aplicado otras medidas como la apertura extraordinaria el sábado, 4 de mayo, de 115 oficinas en Cataluña, y el reparto extraordinario de documentación electoral realizado el mismo sábado por los carteros y carteras de 156 unidades de distribución, todo ello para facilitar y agilizar al máximo el voto por correo.

Igualmente, Correos está haciendo el máximo esfuerzo para coordinar la red logística postal y desplegar todos los medios necesarios para conseguir que los votos admitidos en cualquiera de sus puntos de atención al público en toda España hasta el día de ayer, sean entregados el próximo domingo en la mesa electoral correspondiente.

 

Despliegue logístico especial para la jornada electoral del 12 de mayo

Para la jornada electoral del 12 de mayo, Correos tiene encomendada la misión de entregar los votos cursados por correo en las mesas electorales.

Para ello, Correos establecerá un despliegue logístico especial, integrado por más de 2.800 profesionales, entre personal de reparto, oficinas y centros de tratamiento, y movilizará todos los vehículos de su flota que sean necesarios para el correcto desarrollo de su misión.

Cuando se abran los locales electorales, un primer equipo de personal de la empresa postal pública entregará los votos en custodia en las 8.940 mesas electorales distribuidas en los 2.691 locales electorales de los 947 municipios de Cataluña.

Otro grupo de empleados y empleadas hará llegar a las mesas electorales aquellos votos por correo que pudieran recibirse durante el transcurso de la jornada. Por último, otro equipo recogerá el denominado “tercer sobre”, con una copia del resultado del escrutinio, de las mesas electorales de todos y cada uno de los colegios electorales de Cataluña.

Tarjetas censales y propaganda electoral

La colaboración de Correos en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo, se extiende también al reparto de las tarjetas de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales en los municipios con los que hay acuerdo, envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, recogida de documentación durante la jornada electoral, etc.

Correos ya ha distribuido las 5.460.337 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 12 de mayo, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos está repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España. 

En definitiva, Correos está adoptando desde la convocatoria de las elecciones autonómicas catalanas todas las medidas organizativas necesarias para garantizar a la ciudadanía de Cataluña el pleno ejercicio de su derecho al voto.

Correos ha admitido cerca de 107.000 solicitudes de voto por correo para las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo

Madrid, 3 de mayo de 2024.- Correos ha admitido cerca de 107.000  solicitudes de voto por correo de ciudadanos y ciudadanas que desean ejercer por este sistema su derecho al voto en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña que se celebrarán el 12 de mayo.

En concreto, se han recibido 106.964 solicitudes de voto por correo, de las cuales, 78.016  se han presentado de forma presencial en la red de oficinas postales y 28.948 de forma telemática a través de la web de Correos, acreditando su identidad mediante autenticación y firma electrónica, con sistemas de identificación válidos como el idCat (el certificado digital de la Administració Oberta de Catalunya), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).

Estas cifras suponen un 62,4% menos respecto a las 284.635 solicitudes presentadas en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña celebradas el 14 de febrero de 2021, durante la pandemia, que marcaron un récord en los procesos electorales autonómicos celebrados hasta entonces; y un 31,5% más respecto a las 81.329 de las elecciones autonómicas del 21 de diciembre de 2017.

 

 

 

 

 

Solicitudes presenciales dirigidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral

 

Solicitudes web dirigidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral

 

 

Total solicitudes

   
CATALUÑA Barcelona 58.359 21.323 79.682
Girona/Gerona 6.840 2.833 9.673
Lleida/Lérida 6.022 2.278 8.300
Tarragona 6.795 2.514 9.309
TOTAL 78.016 28.948 106.964

 

Entrega de la documentación electoral

Tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el Censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña siguen remitiendo los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. El Censo tiene de plazo hasta el día 5 de mayo para hacer entrega de esos envíos a Correos, que seguirá poniéndolos a disposición de los ciudadanos a medida que los reciba.

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano. El personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.

A fecha de  hoy,  Correos ya ha puesto a disposición de los electores 77.903 documentaciones electorales para que puedan ejercer su derecho al voto.

En caso de que el elector no haya recibido su documentación electoral y vaya a cambiar de dirección puede localizar el número de registro de su envío en la página web del Censo Electoral y solicitar la reexpedición de la documentación en cualquier oficina de Correos a otra dirección o a otra oficina de Correos, con plazo suficiente para que Correos se lo pueda hacer llegar al nuevo destino.

Ese número de registro también permite al elector comprobar la situación del envío en el localizador de la web de Correos www.correos.es.

Depósito del voto: hasta el 9 de mayo

El solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 9 de mayo, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual, de acuerdo con la ampliación de plazo acordada por la Junta Electoral Central.

Se exige que el elector haga entrega personal en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Autorización para delegar el depósito del voto

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral  correspondiente.

Se   recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales para depositar su voto cuanto antes.

Para facilitar al máximo esta gestión, Correos recuerda que mañana, sábado 4 de mayo, abrirá de forma extraordinaria 115 oficinas en Cataluña, de 9:30 a 13:00 horas.

De igual modo, los carteros y carteras de 156 unidades de distribución de Cataluña realizarán el sábado un reparto extraordinario de documentación electoral para facilitar el voto por correo.

Tarjetas censales y propaganda electoral

La colaboración de Correos en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo, se extiende también al reparto de las tarjetas de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales en los municipios con los que hay acuerdo, envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, recogida de documentación durante la jornada electoral, etc.

Correos ya ha distribuido las 5.460.337 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 12 de mayo, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos está repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.

 Correos está adoptando desde la convocatoria de las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña todas las medidas organizativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que tiene encomendadas durante los procesos electorales. Ha formalizado más de 600 contrataciones de refuerzo y está poniendo todos sus recursos tecnológicos, logísticos y humanos al servicio del correcto desarrollo del proceso.

La Junta Electoral Central amplía el plazo para depositar el voto por correo hasta el jueves, 6 de junio

Madrid, 26 de abril de 2024.–  La Junta Electoral Central ha acordado ampliar el plazo de depósito del voto por correo correspondiente a las elecciones al Parlamento Europeo hasta el jueves, 6 de junio de 2024, para todos los electores que se encuentren en España y en los horarios habituales de apertura de las oficinas de Correos.

Con la decisión de ampliación adoptada  por la Junta Electoral Central, los ciudadanos y ciudadanas que soliciten ejercer su derecho al voto por correo para las Elecciones al Parlamento Europeo, dispondrán de más tiempo para depositar su voto.

Correos deberá asegurar la entrega de todos los sobres con votos en las respectivas mesas electorales en la jornada electoral del domingo, 9 de junio, dentro de los plazos legalmente establecidos.

 

Así es el voto por correo en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo

Madrid, 23 de abril de 2024.-  El 12 de mayo de 2024 se celebrarán las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña. Correos ha adoptado todas las medidas organizativas necesarias para el correcto desarrollo de las actividades que le son encomendadas durante los procesos electorales y para la gestión del voto por correo.

Desde el 22 de abril, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña están enviando la documentación electoral a las personas que ya han solicitado el voto por correo.

Solicitud de voto por correo: vía web  o en oficinas, hasta el 2 de mayo

Los electores que deseen votar por correo en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña todavía pueden solicitar hasta el día 2 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral, vía online o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud de voto por correo telemática y cómo consultarla

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, los interesados deben acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos el idCat (el certificado digital de la Administració Oberta de Catalunya), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e). Las personas que hayan solicitado el voto por correo de forma telemática podrán consultar el estado de su solicitud desde la web www.correos.es a través del siguiente enlace.

 Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo también puede realizarse gratuitamente en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad    –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el personal de la oficina postal el Documento Nacional de Identidad, pasaporte o carnet de conducir originales.

Dado que entre los días 16 de abril y 2 de mayo coincidirán abiertos los plazos de solicitud de voto por correo para las elecciones al Parlamento de Cataluña y las elecciones al Parlamento Europeo, la Junta Electoral Central ha acordado medidas para distinguir las solicitudes de ambos procesos.

Por ello, a todos los electores que soliciten el voto por correo para las elecciones autonómicas catalanas se les facilitará la etiqueta “Parlament de Catalunya” para que la adhieran en la zona superior del impreso de solicitud de voto y en el sobre. Si no se dispone de etiquetas, se indicará al solicitante que indique con claridad a mano “Parlamento de Cataluña” o “Parlament de Catalunya”, tanto en la cabecera del impreso como en el sobre.

De igual modo, todas las solicitudes de voto por correo para las elecciones europeas deberán llevar adherida la etiqueta identificativa “Parlamento Europeo”, durante el periodo de coincidencia de los plazos de solicitud de ambos procesos. En caso de no disponer de etiquetas, el personal de la oficina de Correos indicará al elector que escriba a mano el proceso para el que solicita el voto por correo tanto en el impreso de solicitud como en el sobre de envío.

Así, las solicitudes de voto siempre irán diferenciadas con las etiquetas identificativas o la indicación escrita a mano de a qué proceso electoral corresponden.

Tanto en la solicitud online como en la presencial se debe indicar la dirección donde se vaya a estar en el periodo en el que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña envíen la documentación necesaria para votar. 

Una vez presentada la solicitud vía web o presencial, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no se podrá votar en la mesa electoral el día de las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña.

Entrega en mano de la documentación electoral

Tras comprobar la inscripción de los solicitantes del voto por correo en el censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña remiten los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. Estos envíos se están realizando desde el 22 de abril.

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a la oficina más cercana en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano.

Para realizar la entrega, el personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.

Cómo pedir que la documentación electoral se reenvíe a otra dirección

Una vez que la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha remitido la documentación electoral a la dirección indicada por el solicitante, la Junta Electoral Central permite la reexpedición de esa documentación electoral a otras señas, siempre que medie petición expresa del elector. Por ejemplo, si una persona ha solicitado recibir la documentación electoral en una dirección y tiene que irse antes de recibirla, puede realizar este trámite en cualquier oficina informatizada de Correos, siendo obligatorio para ello que facilite el número de registro de la documentación electoral que desea reexpedir, y que puede obtener en la siguiente dirección de la OCE.

Se puede solicitar que se reenvíe la documentación a otra dirección o a otra oficina de Correos. En cualquier caso, es importante que el elector tenga en cuenta que deberá solicitar dicha reexpedición con tiempo suficiente para que Correos pueda hacerle llegar su documentación a la nueva dirección.

Depósito del voto: hasta el 9 de mayo

El solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 9 de mayo, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura habitual, según el acuerdo de ampliación de plazo acordado por la Junta Electoral Central.

De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central,  en este proceso electoral se exige la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Autorización para delegar el depósito del voto

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente.

Se  recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.


Tarjetas censales y propaganda electoral

Además de las gestiones relacionadas directamente con el voto por correo, la colaboración de Correos en las Elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral, además, en algunos casos, de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales de los Ayuntamientos con los que hay acuerdo, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, la recogida de documentación el día de las elecciones, etc.

Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.


Todos los recursos necesarios

Correos está poniendo todos los recursos tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales.

En concreto, Correos reforzará la atención a los ciudadanos en su red de 2.388 oficinas en toda España, especialmente, en las 334 oficinas de Cataluña. Se podrán habilitar ventanillas exclusivas para elecciones y, si la afluencia lo requiere, se instalarán en el vestíbulo mesas adicionales específicamente destinadas a gestionar el voto por correo.

Además, la red de oficinas dispondrá de 924 PDAs, 154 de ellas en Cataluña,  para agilizar la atención a los clientes en las oficinas con mayor afluencia de voto por correo y un empleado se encargará de la gestión de las colas, atendiendo igualmente con una PDA.

También se potenciará el uso del sistema de cita previa que ya está funcionando en 526 oficinas, 92 de ellas en Cataluña. Además, en las oficinas donde sea preciso, se activará una opción en el gestor de turnos para “Voto por correo”, para priorizar la atención o canalizarla hacia puestos específicos, todo ello para agilizar la atención y reducir las esperas en las oficinas durante el periodo electoral.

En cuanto a la red de distribución, contará con 211 PDAs adicionales, que facilitarán la entrega de la documentación electoral. Asimismo, se adaptarán las rutas de transporte para la remisión de la documentación desde el centro logístico a todas las unidades de distribución en función de las necesidades. Y también se reforzará el servicio en todos los centros logísticos, incluyendo el Centro Logístico Integral de Barcelona, CTA de Sant Cugat y el ubicado en el aeropuerto “Adolfo Suárez” Madrid-Barajas, para la correcta gestión de los envíos internacionales.

Para todo ello, Correos formalizará más de 600 contratos de refuerzo en toda España. Estas personas trabajarán atendiendo a los ciudadanos en las oficinas, repartiendo envíos y ocupándose de tareas logísticas en los centros afectados.

Correos ha admitido cerca de 54.600 votos por correo para las Elecciones autonómicas al Parlamento Vasco

Madrid, 19 de abril de 2024.- Correos ha admitido un total de 54.559 votos por correo de ciudadanos y ciudadanas para las Elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco que se celebrarán el próximo domingo, 21 de abril, según el siguiente desglose por provincia de destino:

 

 

 

 

 

Votos por correo admitidos por provincia de destino

PAÍS VASCO Álava 7.564
Guipúzcoa 16.961
Vizcaya 30.034
TOTAL 54.559

Este número de votos por correo supone un 52,8% menos que la cifra total de votos admitidos en las anteriores elecciones vascas, celebradas durante la pandemia, el 12 de julio de 2020 (117.411), que marcó récord histórico en unos comicios autonómicos en el País Vasco; y un 14% más que el número de votos por correo registrados en el proceso homólogo anterior, celebrado el 25 de septiembre de 2016 (47.826).

Correos recuerda que se han presentado 57.726 solicitudes de voto por correo para las elecciones vascas del 21 de abril. Correos ha puesto a disposición de los solicitantes el 100% de las documentaciones electorales, bien mediante su entrega en mano en el domicilio o mediante su aviso para ser recogidas en las oficinas de Correos. Los votos emitidos representan el 94,51% de las solicitudes admitidas, una ratio de conversión similar a la registrada en anteriores procesos electorales autonómicos en el País Vasco (94,18% en 2020 y 91,64% en 2016).

Todos los recursos de Correos al servicio del proceso electoral

Correos ha puesto todos los recursos organizativos, tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de servicio público que le son encomendadas en los procesos electorales. Entre las medidas organizativas adoptadas, Correos ha realizado más de 300 contratos de refuerzo, tanto para oficinas como para el reparto de envíos y las tareas necesarias en los centros logísticos.

Además, Correos ha aplicado otras medidas como la apertura extraordinaria el sábado 13 de abril de las 100 oficinas informatizadas del País Vasco y la realización de repartos extraordinarios de documentación electoral los sábados 6 y 13 de abril, todo ello para agilizar y facilitar al máximo a la ciudadanía el voto por correo.

Igualmente, Correos está haciendo el máximo esfuerzo para coordinar la red logística postal y desplegar todos los medios necesarios para conseguir que los votos admitidos en cualquiera de sus puntos de atención al público en toda España hasta el día de ayer sean entregados el próximo domingo en la mesa electoral correspondiente.

Despliegue logístico especial para la jornada electoral del 21 de abril

Para la jornada electoral del 21 de abril, Correos tiene encomendada la misión de entregar los votos cursados por correo en las mesas electorales.

Para ello, Correos establecerá un despliegue logístico especial, integrado por más de 200 profesionales, entre personal de reparto, oficinas y centros de tratamiento, y movilizará todos los vehículos de su flota que sean necesarios para el correcto desarrollo de su misión.

Cuando se abran los locales electorales, un primer equipo de personal de la empresa postal pública entregará los votos en custodia en las 2.695 mesas electorales distribuidas en los 724 locales electorales de los 251 municipios del País Vasco.

Otro grupo de empleados y empleadas hará llegar a las mesas electorales aquellos votos por correo que pudieran recibirse durante el transcurso de la jornada.

Tarjetas censales y propaganda electoral

La colaboración de Correos en las Elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco del 21 de abril se extiende también al reparto de las tarjetas de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales en los municipios con los que hay acuerdo, envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, etc.

Correos ya ha distribuido las 1.712.301 tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 21 de abril, en las que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio y la mesa de votación correspondiente.

Además, Correos ha repartido los envíos de propaganda electoral de los diferentes partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal en España.

En definitiva, Correos ha adoptado desde la convocatoria de las Elecciones autonómicas al Parlamento Vasco del 21 de abril todas las medidas organizativas necesarias para garantizar a la ciudadanía del País Vasco el pleno ejercicio de su derecho al voto.